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    Sentencia: 0214/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia: 0214/2010-R

    Fecha: 23-Jun-2010

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    • Magistrado:
    • I. La SC 0214/2010-R y la aprehensión en flagrancia
    • la facultad de aprehensión en flagrancia por el representante del Ministerio Público está plenamente reconocida por el procedimiento penal, aprehensión que además debe estar respaldada a través de una resolución debidamente fundamentada y motivada que justifique las circunstancias de la aprehensión,
    • no están acordes con la exigencia constitucional que impone al Ministerio Público, defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad,
    • I.  Marco constitucional y legal de la aprehensión en flagrancia
    • El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación en el plazo máximo de veinticuatro horas
    • 1.
    • obviándose las formalidades
    • dentro de las veinticuatro horas desde que tomó conocimiento de la aprehensión";
    • II.  La flagrancia en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    • III. Sobre la supuesta "reconducción" de la línea jurisprudencial
    • Sentencias que reconducen la línea jurisprudencial,
    • IV. Sobre la inconsistencia técnica de la "reconducción" de la línea jurisprudencial en la SC 0214/2010-R
    • resolver un caso concreto
    • concreta
    • V. Conclusión

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