El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación en el plazo máximo de veinticuatro horas
Como se tiene señalado, la excepción al cumplimiento del procedimiento y las formalidades procesales se da en caso de flagrancia, pues de acuerdo al art. 23.IV. "Toda persona que sea encontrada en delito flagrante, podrá ser aprehendida por cualquier otra persona, aún sin mandamiento. El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación en el plazo máximo de veinticuatro horas". Similar norma estaba contenida en el art. 10 de la CPEabrg, que establecía que el único objeto de la aprehensión era la conducción de la persona ante "la autoridad o el juez competente", quien debía tomarle su declaración en el plazo máximo de veinticuatro horas.
- Magistrado:
- I. La SC 0214/2010-R y la aprehensión en flagrancia
- la facultad de aprehensión en flagrancia por el representante del Ministerio Público está plenamente reconocida por el procedimiento penal, aprehensión que además debe estar respaldada a través de una resolución debidamente fundamentada y motivada que justifique las circunstancias de la aprehensión,
- no están acordes con la exigencia constitucional que impone al Ministerio Público, defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad,
- I. Marco constitucional y legal de la aprehensión en flagrancia
- El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación en el plazo máximo de veinticuatro horas
- 1.
- obviándose las formalidades
- dentro de las veinticuatro horas desde que tomó conocimiento de la aprehensión";
- II. La flagrancia en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
- III. Sobre la supuesta "reconducción" de la línea jurisprudencial
- Sentencias que reconducen la línea jurisprudencial,
- IV. Sobre la inconsistencia técnica de la "reconducción" de la línea jurisprudencial en la SC 0214/2010-R
- resolver un caso concreto
- concreta
- V. Conclusión
