Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.2.
II.2. Del informe en audiencia, de las autoridades recurridas (fs. 39 vta. a 40) y de la Resolución de la Jueza de garantías (fs. 41 a 43), se llega a conocer que la parte recurrente apeló la Resolución 142, que dispone la revocatoria, encontrándose pendiente de resolución en la Sala Penal Tercera.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 17
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR