SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

improcedencia

La Jueza Quinta de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Resolución 09/2007, cursante de fs. 41 a 43, declarando la improcedencia del recurso de hábeas corpus, con los siguientes fundamentos: i) Es evidente que, la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, ante la solicitud de revocatoria de parte del Fiscal, emitió Resolución 142/07, disponiendo la revocatoria de las medidas sustitutivas; dicho fallo, fue apelado por el representado de la recurrente, habiéndose sorteado dicho recurso, en principio, a la Sala Penal Primera, luego, a la Sala Penal Tercera, cuyos Vocales señalaron día y hora de audiencia de consideración de revocatoria de las medidas sustitutivas para el día 21 de diciembre de 2007 a horas 15:00; ii) En cuanto a la participación del Ministerio Público, se establece que sólo cumplió sus funciones para las cuales fue designado, no advirtiéndose que con su accionar haya violentado derechos y garantías; y, iii) En consecuencia, la parte recurrente debe estar a las resultas de la audiencia a celebrarse en la Sala Penal Tercera, así como a la sustanciación de las recusaciones planteadas.