SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, alega la vulneración de los derechos de su representado a la libertad física, a la locomoción, a la defensa, al debido proceso, a la igualdad, a la presunción de inocencia y del "principio de celeridad", porque en el proceso penal que le siguió el Ministerio Público por el delito de lesiones graves, se cometió un simple error de firmar ante otro despacho fiscal, para cumplir con las medidas sustitutivas ordenadas en la audiencia de medidas cautelares; empero, sin considerar ese aspecto, el Fiscal solicitó la revocatoria de la libertad, y la Jueza correcurrida ordenó la detención preventiva. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si los argumentos expuestos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del representado de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 17
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR