Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0282/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Contra la Sentencia de 12 de marzo de 2004 pronunciada por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro de un proceso ordinario de rendición de cuentas que siguió el recurrente contra el Presidente del Directorio de CINA Ltda., interpuso recurso de apelación, que fue a radicar a la Sala Civil Primera, instancia que pronunció el Auto de Vista de 8 de junio de 2006 que fue notificado en el tablero del Tribunal de alzada el 16 del mismo mes y año, y por Auto de 25 de junio del mismo año se declaró ejecutoriado el Auto de Vista, resolución que fue notificada también en el tablero de dicha Sala.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4.Caso analizado
- notificado en el tablero de la Sala Civil Primera y no en el domicilio procesal señalado en obrados