Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.2.3. Dictamen Fiscal
Nancy Romero Berrios, Fiscal de Materia y representante del Ministerio Público, en dictamen fiscal escrito, leído en audiencia, cursante de fs. 50 a 51, manifestó que, considerando que la SC 0882/2007-R, es firme, el recurrente una vez agotados todos los procedimientos legales para que las autoridades recurridas la cumplan tenía la vía determinada por el art. 104 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), dictaminando por la improcedencia del recurso presentado.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- I.2.3. Dictamen Fiscal
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.Respecto a la presentación de una nueva acción tutelar para el cumplimiento de lo dispuesto en una anterior y el caso concreto
- René Rojas Peña
- APROBAR