SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

a)

El recurrido, Alan Menacho, informó en audiencia señalando que: a) Es falso que al niño se le dio de alta el 7 de enero de 2008, porque necesitaba que permaneciera en post operatorio por un lapso de siete días como mínimo; tomando en cuenta que la operación fue practicada el cuatro del indicado mes y año, por lo que debía continuar  hasta el 11 de ese mes y el obligado a cancelar por los servicios médicos es el chofer, por lo que en ningún caso fue violado el derecho del niño; b) Cuando se entrevistó con el Defensor del Pueblo, estuvo presente la madre del menor y el chofer que causó el accidente, expresando que éste era quien debe cancelar lo adeudado; en ningún caso manifestó que su persona, el Director, o el Subdirector, insinuaron que el niño no podía salir porque el centro hospitalario no es una correccional; y, c) Al niño se le practicó una operación a cráneo abierto por lo que debía permanecer internado y en observación siete días resguardando su salud, y no fue retenido por los montos que debía cancelar por concepto de atención médica y servicios hospitalarios.