SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
no así contra todos los integrantes de los diferentes Tribunales de justicia militar que le negaron las solicitudes impetradas por el accionante
Sin embargo, la acción de amparo constitucional fue presentada contra Wilfredo Vargas Valdez, Comandante en Jefe de las FFAA de la Nación y Vocal del Tribunal de Personal del Ejército, Freddy Bersatti Tudela, Comandante General del Ejército y miembro del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas; y Aurelio Burgos Blacutt, identificado por el recurrente como Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, y no así contra todos los integrantes de los diferentes Tribunales de justicia militar que le negaron las solicitudes impetradas por el accionante, en consecuencia, los demandados carecen de legitimación pasiva, motivo que no le permite a este Tribunal ingresar al análisis de fondo del recurso, en aplicación de la jurisprudencia constitucional contenida en las SSCC 1098/2003-R y 1754/2003-R, entre otras.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Wilfredo Vargas Valdez, Comandante en Jefe de las FFAA de la Nación, Freddy Bersatti Tudela, Comandante General del Ejército y Aurelio Burgos Blacutt, Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 4)
- 5)
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. Sobre la falta de legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional y el caso analizado
- confirmadas por los Tribunales de Justicia Militar
- no así contra todos los integrantes de los diferentes Tribunales de justicia militar que le negaron las solicitudes impetradas por el accionante
- denegar
- APROBAR