SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 088/06 de 18 de noviembre de 2006, cursante de fs. 80 a 83, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Patacamaya del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Juan Mendoza Narváez en representación de Antonieta Casilda Mendoza Narváez y Félix Mendoza Narváez contra Jorge Adalberto Quino Espejo, Juez de Partido y de Sentencia de Sica Sica, provincia Aroma del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración del derecho de sus representados a la sucesión hereditaria y patrimonio familiar bajo el principio de igualdad jurídica, citando al efecto los arts. 195.I; y, 198 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2007
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Sobre la igualdad jurídica
- III.3.2.El principio de inmediatez requisito sine qua non de procedencia de la acción tutelar
- ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable,
- APROBAR