SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.2.
II.2. Del certificado de permanencia y conducta 12055/2007 de 21 de agosto, se evidencia que Dante Camacho Durán, ingresó al recinto penitenciario el 7 de diciembre de 1983, con mandamiento de detención preventiva expedido por el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, dentro del proceso penal seguido por Isabel Exaltación Vda. de Quispe, por el delito de asesinato; también cursa el mandamiento de detención formal y el mandamiento de condena de treinta años, por el delito de asesinato, sin derecho a indulto. Por otra parte, del referido certificado se tiene que el recurrente reingresó por tercera vez al recinto Penitenciario el 24 de noviembre de 1999, con mandamiento de condena de seis años, dentro del proceso penal seguido por “ONANFA” por el delito de falsedad material y otros (fs. 9).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. Del caso de análisis
- siempre que no estuviere detenido por otra causa
- APROBAR