SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

improcedente

Concluida la audiencia, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Ivirgarzama del Distrito Judicial de Cochabamba, por Resolución de 30 de noviembre de 2006, cursante de fs. 120 a 121 vta., declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) Las autoridades ediles hicieron uso de sus facultades señaladas en los arts. 12  y 44 de la LM, por lo que corresponde que el recurrente cumpla lo ordenado por la Resolución Técnica Administrativa 025/2006, confirmada por Resolución Municipal 106/2006 y en aplicación del art. 148.1) de la citada LM, no corresponde por ello disponerse la concesión de la licencia de funcionamiento solicitada, más si el recurrente no agotó los medios pertinentes; y, b) No se evidenció que las autoridades recurridas hubieran vulnerado los derechos invocados por el recurrente, más si el recurso de amparo constitucional no es sustitutivo de los medios o recursos ordinarios señalados por ley.