SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2006 y el de subsanación de 27 del referido mes y año, cursante de fs. 648 a 651 vta. y de 655 a 656, el recurrente manifiesta que, el 28 de diciembre de 1990, cuando desempeñaba las funciones de Gobernador del penal de “San Pedro” en la ciudad de La Paz, fue incluido en un proceso disciplinario en el que el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, mediante Resolución 025/91 de 1 de agosto de 1991, le impuso la sanción de pérdida de antigüedad de seis meses. A la culminación del proceso, se presento documentos que desvirtúan totalmente las acusaciones, comenzando con la carta del ex Comandante de la Policía Nacional, que dispuso la inclusión en el sumario, haciendo conocer que la supuesta infracción no existió y la sanción que se le había impuesto era ilegal. Asimismo, se adjuntaron declaraciones como de Wilfredo García Lazarte que entre otros hechos irregulares, afirma que suscribieron la Resolución 025/91, bajo presión, de igual forma, la declaración de Jimmy Vacaflor, informa que la declaración prestada, no fue la versión que dio, la valoración posterior del investigador, Luís Fernando Sossa Vega, informes de la Cooperativa de Teléfonos La Paz (COTEL), sobre hechos y circunstancias de lo acontecido y que también demuestran su inocencia; el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, luego de varios años y constantes peticiones, pronunció la Resolución 062/2006 de 19 de mayo, por la que rechazó la solicitud de revisión, enmienda y revocatoria de la Resolución 025/91.