SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

II.6.

II.6.  El 30 de marzo de 1995, el recurrente solicitó la revocatoria del Auto que deniega su pedido de anulación de obrados (fs. 356 y vta.), el 16 de febrero de 1996, solicitó pronunciamiento, el 19 de marzo del mismo año, reiteró dicha solicitud (fs. 400 a 401 vta.) y el 16 de agosto de 2001, solicitó pronunciamiento sobre su solicitud de revisión del fallo (fs. 449 a 450),  petición que fue desestimada por Auto de 15 de mayo de 2002 (fs. 562).