AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2010-RCA

Fecha: 12-Jul-2010

improcedente in límine

La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 004/2008 de 18 de enero, cursante a fs. 39 y vta., declaró improcedente in límine el recurso de amparo constitucional, considerando que no cumple con la regla de inmediatez, al haberse interpuesto fuera del plazo de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal; en efecto, la pretensión de los recurrentes según la petición de tutela, es que se anule y se deje sin efecto la Resolución 020/2006, la misma que fue de conocimiento del recurrente, según cédula de notificación, el 17 de abril de 2006 y el Auto de rechazo de complementación, enmienda y explicación, solicitado el 25 de abril de 2006, es decir, a partir de este último supuesto acto ilegal, a la fecha de presentación del recurso, el 17 de enero de 2008, han transcurrido más de los seis meses, que exigen las diferentes sentencias constitucionales.