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    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2010-RCA

    Fecha: 21-Jul-2010

    I.4. Petitorio

    Solicitan se admita el recurso y se declare sin efecto legal, el informe 168/2007 de 3 de julio, la RA 99/2007 de 2 de julio y la Resolución Municipal 19/2007 de 30 de agosto y se ordene la aprobación de sus planos “…respetando el valor de la venta judicial y cosa juzgada con costas, multa, más el resarcimiento de daños y perjuicios” (sic).

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.4. Petitorio
    • rechazo
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 2. declaren la improcedencia del amparo constitucional, por alguno de los supuestos de inactivación establecidos en el art. 96 de la LTC
    • la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
    • I.-
    • II.3.1. Del argumento para declarar la improcedencia de la acción
    • II.3.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
    • II.4. Uso apropiado de la terminología constitucional
    • 2º   Disponer

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