AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2010-RCA

Fecha: 21-Jul-2010

revisión

En revisión la Resolución de 3 de marzo de 20085 recurso por  in lo es improcedente por los argumentos expuestos precedentemente., cursante de fs. 89 a 90, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por José Fernández Mamani y Simona Quisbert Navarro contra Óscar Gerardo Montes Barzón, Alcalde Municipal; Pedro Marcelo López Ávila y Verónica Cecilia Vaca Navajas, Director y Jefa del Departamento legal de la Dirección de Desarrollo Urbano, respectivamente, todos del Gobierno Municipal de Tarija, alegando la vulneración de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i), 16 y 22 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).