AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2010-RCA

Fecha: 27-Jul-2010

Fragmento 9

             Con carácter previo al análisis del caso, a objeto de aclarar la figura jurídica del desistimiento en acciones de amparo, es preciso señalar que si bien el legislador no ha previsto de manera expresa esta forma de extinción de la acción procesal; empero la misma, implícitamente subyace en el art. 41.II de la LTC, cuando establece que las resoluciones del Tribunal Constitucional de admisión o rechazo, de desistimiento y caducidad u otros adoptarán la forma de auto; entendiéndose que tal modalidad es aplicable al amparo constitucional, dada la configuración procesal.