AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2010-RCA

Fecha: 27-Jul-2010

rechazó in límine

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 96 de 20 de marzo de 2008, cursante a fs. 130 y vta., rechazó in límine el recurso, conforme estableció el art. 96.2ª de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al existir identidad de sujeto, objeto y causa con la acción que se retiró, toda vez que el 4 de marzo de 2008, el recurrente ya presentó otro recurso, el que luego de admitido, señalada la audiencia y librados los exhortos suplicatorios para las autoridades recurridas, fue retirado el 10 de marzo del mismo año, por lo que si bien el retiro del recurso es un acto voluntario, el recurrente no puede caprichosamente movilizar a la administración de justicia constitucional y en menos de quince días retirar un recurso y volverlo a presentar.