AUTO CONSTITUCIONAL 0440/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0440/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

de acceso a la justicia

No obstante, la imposibilidad de interponer el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de la acción de amparo constitucional, no constituye negar el derecho de acceso a la justicia, toda vez que los sujetos procesales cuentan con la posibilidad de solicitar se promueva el incidente de inconstitucionalidad dentro de los procesos judiciales o administrativos, donde supuestamente se aplicará la ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, que supuestamente sea contraria a la Constitución Política del Estado y que la misma afecte derechos y garantías constitucionales, o en su caso pueda ser promovida de oficio por la autoridad judicial o administrativa; por lo expuesto, el entendimiento expresado en la SC 0664/2003-R de 19 de mayo, es reconducido bajo los argumentos precedentemente señalados; estableciéndose, la imposibilidad de interponer el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de los recursos de amparo constitucional.