Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.5.
II.5. El 8 de noviembre de 2006, la oficina de Derechos Humanos de Riberalta de Beni, cursó una nota a la Directora del SEDUCA de Pando, haciéndole conocer los antecedentes referidos a la decisión de traslado de funciones de la recurrente y los reclamos presentados, manifestando su preocupación por la falta de atención a sus reiterados reclamos y a su situación de mujer embarazada con alto riesgo, carta que fue reiterada el 13 de noviembre de 2006, ante la falta de respuesta (fs. 16 a 18 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- II
- III.4. La problemática planteada
- concedido
- APROBAR