SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

Fragmento 14

         De los antecedentes que cursan en obrados, se constata que dentro del proceso de asistencia familiar de donde emerge la presente acción, una vez elaborada la liquidación de asistencia familiar fue notificada al obligado mediante comisión instruida, notificación totalmente válida, pues cumplió su finalidad; por ello, el ahora representado del accionante observó esta el 7 de enero de 2008, y en el mismo memorial, de manera expresa señaló domicilio procesal en el bufete de su abogado ubicado en el edificio “Plaza Libertad”, planta baja, oficina 123, calle Libertad 899 (fs. 130 a 131 vta.).