SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado y apoderado del recurrente ratificó los términos del recurso y ampliándolos señalo que en el exhorto que expiden los Jueces recurridos no insertan la imputación ni la acusación, por lo que su defendido no ha sido notificado con dichas actuaciones, las mismas que constituyen una infracción al debido proceso, por lo que previo a ordenar el traslado del mismo, se debe notificar a su defendido con esas actuaciones a objeto de que este a derecho.