Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.1.
II.1. Del exhorto suplicatorio de 5 de octubre de 2007, emitido por los Jueces recurridos, se tiene que el recurrente fue citado el 15 de octubre de 2007, con la acusación particular y ratificatoria presentado por Mauro Peña Siles, Gerente Distrital de Santa Cruz a.i. del SIN contra el ahora recurrente, por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado (fs. 1 a 18).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.
- directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción
- no constituyen
- deben ser reparadas por los jueces y tribunales ordinarios competentes
- APROBAR