SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0509/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0509/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

en el mismo instante se procederá a la publicación de calificaciones, exhibiendo los exámenes. Los postulantes tendrán el derecho de pedir la revisión de su calificación, en el plazo de 24 horas, computadas a partir del momento de su publicación

Conforme a la jurisprudencia anteriormente citada, el derecho de petición genera una obligación para la autoridad o funcionario público ante quien se lo ejerce, cual es la de brindar una respuesta pronta y oportuna, la que según las circunstancias puede ser negativa o positiva. Asimismo, el Reglamento General de la Docencia de la UMSS, establece los lineamientos generales que deben seguir las autoridades universitarias en los procesos de selección, evaluación y admisión de docentes. Así por ejemplo, en el art. 79 se señala: “Las calificaciones se efectuarán en el aula donde se realicen las pruebas, inmediatamente concluya el tiempo señalado para las mismas, acto seguido y en el mismo instante se procederá a la publicación de calificaciones, exhibiendo los exámenes. Los postulantes tendrán el derecho de pedir la revisión de su calificación, en el plazo de 24 horas, computadas a partir del momento de su publicación”. (Las negrillas son nuestras).