SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

que en todo caso debieron ser denunciados ante la propia Jueza

Respecto a lo denunciado sobre el exceso que habría cometido este funcionario, del acta de desapoderamiento, se ha podido establecer que se procedió a desapoderar en las 10.0000 ha ordenadas, sin que se haya aportado prueba alguna a efectos de evidenciar los supuestos actos de hecho o excesos cometidos, que en todo caso debieron ser denunciados ante la propia Jueza Agraria que ordenó se libre el aludido mandamiento. Por otra parte, en lo pertinente y por supletoriedad normativa, la accionante tenía la posibilidad de oponerse al desapoderamiento en el plazo de diez dias, tal cual prevé el art. 45.II del CPC.