Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0530/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita la tutela de su derecho a la inamovilidad de su puesto de trabajo, denunciando que fue vulnerado por el recurrido, ya que sin tener presente su estado de embarazo, la despidió de manera intempestiva de su fuente laboral, en la que se desempeñaba como secretaria desde hace más de tres años y nueve meses. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la persona recurrida
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Protección a la vida del no nacido
- III.4. Procedencia excepcional y extraordinaria de la acción de amparo constitucional para los casos de la mujer embarazada
- III.5. Protección de la mujer trabajadora embarazada y de su hijo
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR