Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0541/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.3.
II.3. El Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, mediante Auto de 30 de septiembre de 2006, en base al informe de 29 del mismo mes y año, emitido por dicho Juzgado, estableció que el recurso de apelación interpuesto por Paulino Apaza Maydana, se encontraba fuera del alcance de los arts. 139 y 220 del CPC y 205 del CPT, y rechazando el mismo manifestó que, al no haber interpuesto recurso alguno la parte demandada, la Sentencia 109/2006, quedaba plenamente ejecutoriada adquiriendo la calidad de cosa juzgada (fs. 104 vta.).
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. De la
- Fragmento 15
- 252 del mismo Código, dispone que los aspectos no previstos en su normativa serán resueltos excepcionalmente conforme las normas de la Ley de Organización Judicial y del Código de Procedimiento Civil, siempre que no signifique violación de los principios del proceso del Derecho Procesal Laboral.
- III.5. Análisis del caso
- uno de los elementos que compone el debido proceso es el derecho a la segunda instancia
- APROBAR