SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

concedió

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 49/2006 de 16 de agosto, cursante de fs. 143 a 144, concedió la tutela y en consecuencia, dejó sin efecto el Auto de Vista 291 de 2 de mayo de 2006, disponiendo que los Vocales correcurridos emitan nuevo auto de vista con sujeción estricta a la SC 0033/2006-R y tomen en cuenta si en actuados procesales el imputado ha provocado la demora judicial o no, situación que deberá establecerse con un informe pormenorizado que eleve el Secretario de Cámara de esa Sala; con los siguientes fundamentos: 1) Los Vocales correcurridos rechazaron la solicitud de extinción de la acción planteada por el imputado, Antonio Alfaro Carlo, computando la duración máxima del proceso a partir del primer acto jurisdiccional establecido por la SC 1036/2002-R, esto es, a partir del conocimiento de la imputación formal por el imputado, a través de la providencia respectiva; y, 2) Comparada la ratio decidendi de la referida Sentencia y de la SC 0033/2006-R, se establece que esta última, determina que la fecha inicial para el cómputo debe ser el primer acto que comienza con la denuncia en sede administrativa o policial, teniendo en cuenta que ella es posterior a la “SC 1836/2002” (sic), tomando en cuenta que el Auto de Vista es de 2 de mayo de 2006.