SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.2.

II.2.   Por Resolución 291/06 de 2 de mayo de 2006, la Sala Penal Primera rechazó la solicitud de extinción planteada, argumentando que de acuerdo a lo previsto por el art. 133 del CPP, la duración máxima del proceso es de tres años, lapso computado desde el primer acto del procedimiento, y que de acuerdo a la SC 1036/2002-R, ese acto se inicia al poner en conocimiento del procesado la imputación formal y que sería erróneo indicar que el proceso se inicia con la denuncia; además de que en el caso no se sobrepasó el tiempo máximo previsto por el art. 133 del CPP (fs. 74 y vta.).