Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente, ratificó in extenso los fundamentos de su memorial de demanda y los amplió manifestando que el proceso penal en contra de su defendido se inició el 3 de enero de 2003, por una denuncia planteada por la supuesta víctima Ángel Quispe Díaz, emitiéndose la imputación formal el 3 de octubre del mismo año, fecha hasta la cual, desconocía la existencia de un proceso iniciado en su contra. Añadió que luego de una tramitación que duró más de tres años y dos meses, basándose en la SC 0033/2006-R, solicitó la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, la cual fue erróneamente denegada por los Vocales correcurridos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Procedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.4. Sobre la extinción de la acción penal
- 1)