SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

i)

Los recurrentes, por intermedio de su abogado ratificaron en su integridad el memorial del recurso reiterando los fundamentos expresados y puntualizando los siguientes aspectos: i) Los Autos pronunciados por una parte por el Juez a quo que regulan los honorarios del abogado José Antonio Mozza Zambrana en la suma de $us15000.- y Bs3000.- y el Auto de los Vocales recurridos que revoca en parte y fija de manera discrecional las sumas de Bs3000.- y $us5000.-; ii) Dichos Autos no cumplen con el valor de justicia, ya que se ha interpretado y entendido que la abogacía no se puede utilizar como una profesión para obtener ventajas económicas, condenando a un doble pago que va en desmedro y atenta contra su patrimonio; iii) Asimismo, señala que también atenta contra la dignidad en virtud a que las personas no sean sometidas a cobros irracionales, indica que, el art. 7 de la CPEabrg, establece como derecho fundamental a la seguridad  jurídica lo que significa que los ciudadanos sepan en todo momento cuáles son sus derechos; y, iv) Solicita, se les conceda la tutela constitucional; y en consecuencia, se anulen el Auto de 11 de octubre dictado por el Juez a quo y el Auto de Vista de 29 de mayo de 2006, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Segunda; y se disponga que se pronuncie una nueva resolución que esté enmarcada a la ley y en los derechos y garantías constitucionales.