SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

por lo que, mal puede establecerse la regulación de unos honorarios que no se encuentran acordes al porcentaje de un monto no recuperado, mucho menos cuando no se ha tomado en cuenta la razonabilidad en aplicación al Arancel del Colegio de Abogados.

Por consiguiente, del análisis resultante, se colige que tanto el Juez a quo como el Tribunal de apelación no tuvieron en cuenta que, en el caso que se analiza, los accionantes no han recuperado suma alguna ya que ellos eran los ejecutados y no acreedores, más al contrario tal como propiamente explican en forma reiterada, han tenido que cancelar por doble partida como si hubieran sido los ejecutantes o la parte victoriosa que han recuperado el dinero de su acreencia, por lo que, mal puede establecerse la regulación de unos honorarios que no se encuentran acordes al porcentaje de un monto no recuperado, mucho menos cuando no se ha tomado en cuenta la razonabilidad en aplicación al Arancel del Colegio de Abogados.