SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, a través del informe escrito cursante a fs. 394 y vta., de manera escueta se limita a decir que: “el expediente, según la prueba que se adjunta al presente informe, actualmente se encuentra radicado en la Corte Superior del Distrito en la Sala Civil Segunda, en la cual se está resolviendo el recurso de apelación que hubiere sido planteado por los recurrentes, al no haber sido devuelto a su despacho hasta la fecha, no puede hacer un examen o informe detallado sobre lo aseverado por los recurrentes” (sic); asimismo señala que, al no haber vulnerado disposición legal alguna, pide que se declare improcedente dicho recurso.