SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Su defendido se encuentra ilegalmente perseguido por disposición de la Jueza Primera de Partido de Familia de la Capital, ya que ordenó se libre mandamiento de apremio en su contra, dentro del fenecido proceso de divorcio que le siguió Patricia López Goitia; proceso que no tuvo movimiento por más de nueve meses, y que a solicitud de la demandante se practicó liquidación de asistencia familiar devengada (fs. 2), la cual fue observada porque el monto liquidado no era real, y por no haberse considerado todos los recibos de depósitos de fs. 239 a 254 del expediente original, por lo que pidió que por Secretaría se practique nueva liquidación, señalando domicilio real, que mereció el decreto de 14 de diciembre de 2007, que señaló a "la secretaría" (fs. 4).

Por memorial de 7 de enero de 2008, la demandante solicitó mandamiento de apremio, al que se providenció el 11 de enero de 2008, ordenando al obligado el pago de Bs.- 5702 (Cinco mil setecientos dos bolivianos) al tercer día de su legal notificación, bajo conminatoria de ley. Por memorial de 17 de enero de 2008, reiteró su observación a la planilla y solicitó se pronuncie con carácter previo a la observación de 12 de diciembre de 2007 y mediante Auto de 11 de febrero de 2008, la autoridad recurrida desestimó la petición de observación al haber constatado que en la misma se tomaron en cuenta los montos de los recibos de fs. 239 a 254 del expediente original, ordenando se libre mandamiento de apremio contra el obligado.  Por memorial de 29 de febrero de 2008 instó se resuelvan los memoriales de 12 de diciembre de 2007 y de 17 de enero de 2008 y, en consecuencia, deje sin efecto el mandamiento de apremio, que mereció la providencia de 4 de marzo de 2007, señalando que esté a lo dispuesto en el decreto de 11 de febrero de 2008 (fs. 5, a 9 vta.).