SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

le otorga la potestad para reclamar o impugnar los actuados procesales con los cuales se le cita y notifica

En similar sentido, la SC 0831/2004-R de 1 de junio señaló: "Si bien la Ley exige al obligado que adeuda asistencia familiar devengada su pago oportuno, le asegura al mismo tiempo un procedimiento legal y le otorga la potestad para reclamar o impugnar los actuados procesales con los cuales se le cita y notifica, antes de que se ejecuten las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones o hechos en los que hubiera incurrido garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa".