Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.7.
II.7. El 8 de diciembre de 2006, el recurrente, presentó memorial dirigido al Alcalde Municipal recurrido, denunciando la arbitraria clausura del que fue objeto su negocio; solicitando, se declare nulo dicho actuado administrativo, mediante resolución expresa y fundamentada, en aplicación de los arts. 146.9 y 147 de la LM, 7 inc. h) de la CPEabrg y 16 inc. a) de la LPA (fs. 7 a 8 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurridos y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- APROBAR