SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0607/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad, al trabajo, a la dignidad, a la seguridad jurídica y de la garantía al debido proceso, toda vez que como propietario del restaurante y peña “La Cabaña”, local en el que todos los viernes se realizan espectáculos con grupos folklóricos, el 29 de marzo de 2008, a horas 1:30 y 2:30, se presentó un grupo argentino denominado “Los Hermanos Aimo”, quienes llegaron en intercambio cultural y a un programa radial para ser conocidos en el medio, pero de forma gratuita; sin embargo, en pleno espectáculo, se presentaron en dicho local, el Director de Migraciones, dos inspectores y dos policías, quienes de forma abusiva y prepotente, le notificaron, a esa hora de la madrugada, para que se presente en sus oficinas; posteriormente, ingresaron hasta el escenario y trataron de llevarse a los ciudadanos argentinos y a toda costa pretendían decomisar los documentos de estas personas, se les solicitó presenten la orden de allanamiento de su local, pero no hicieron caso, procediendo a retirarse del local recién a las 5:00, amedrentándolos y amenazándoles con traer más policías y detenerlos en la cárcel, siendo esas horas de terror y abuso de autoridad, inclusive les sacaron fotografías, al peor estilo de un gobierno totalitario; es más, todos tuvieron que salir del local rogando a estos abusivos funcionarios, que querían se les pague en ese momento una Visa de trabajo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad, funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.1. Naturaleza jurídica del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.3.2. Jurisprudencia
- no se pueden examinar actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR