SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0607/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III.4. Análisis del caso
En el presente caso, inicialmente se constata que el accionante, no específica, menos fundamenta, los supuestos actos ilegales que se encontrarían relacionados o podrían en peligro su libertad física o locomoción; en todo caso, por sus alegaciones, se entiende que éste reclama actos dirigidos contra los miembros del grupo denominado “Los Hermanos Aimo”, sin precisar en la acción realizada, la representación que se le estaría otorgando para el efecto.
Asimismo, alega un allanamiento a su propiedad por funcionarios de Migración, en el que se le hubiese amedrentado y tomado fotografías, y que inclusive, tuvieron que salir del local; en este sentido, no se evidencia que las denuncias efectuadas, se encuentren vinculadas directamente con la libertad o que este derecho se encontraría amenazado, restringido o suprimido, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad, como resulta en el presente caso, (derecho al trabajo, dignidad, seguridad jurídica y debido proceso) utilizar las vías legales pertinentes, razón por la cual, al no encontrarse los hechos denunciados dentro del alcance jurídico de protección que brinda la acción de libertad, la presente tutela debe ser denegada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad, funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.1. Naturaleza jurídica del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.3.2. Jurisprudencia
- no se pueden examinar actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR