Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.3.
II.3. El 14 de febrero de 2008, el Tribunal Unipersonal de Régimen Disciplinario conformado por la correcurrida, Jenny Rivero Terán, dictó Auto de apertura de proceso disciplinario, abriendo término probatorio de cinco días improrrogables para que el procesado, presente informe y prueba de descargo, computables a partir de la notificación con dichos actuados; es decir, con el informe acusatorio y Auto de apertura (fs. 12 y vta.).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional ala Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR