SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia la lesión de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, puesto que al ser notificado con una denuncia sentada en su contra, luego de solicitar la francatura de fotocopias legalizadas y obtener las mismas, se percató que no fue citado personalmente ni por cédula, elaborándose el cuadernillo procesal sobre el cual se presentó la acusación sin su conocimiento. Asimismo, arguye que, se le colocó en indefensión, pues rechazaron la proposición de prueba y el incidente de nulidad interpuesto, con el argumento de que estos procesos son tramitados apoyándose en normas especiales aprobadas por el Consejo de la Judicatura. Finalmente, indica que, el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, no reconoce el recurso de apelación, la posibilidad de adjuntar literal alguna, siendo por ello imperativo que asuma defensa desde un inicio y que el proceso seguido en su contra, es ilegal por no haberse acompañado tres memorandos que acrediten la inasistencia a su fuente laboral. Corresponde, en revisión, analizar si lo demandado se encuentra dentro de los alcances del art. 125 de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).