Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, la recurrente interpone recurso de amparo constitucional, contra Cristina Muruchi Singuri, Directora Distrital de Educación a.i del municipio de Potosí, solicitando se declare procedente el recurso y se conceda la tutela jurídica, además, se anule y deje sin efecto el memorando otorgado a Roberto Romero, su restitución a su fuente de trabajo, sancionando con daños y perjuicios, costas y multa a la autoridad recurrida.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.4. Con respecto a los derechos a la vida y al trabajo a ser tutelados
- hasta un año de nacido el hijo
- la misma que determina que toda mujer en periodo de gestación hasta un año después del nacimiento del hijo, gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo;
- APROBAR