SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.4. Análisis del caso concreto

En la problemática analizada, y con referencia a la Resolución de 5 de enero de 2007, pronunciada por el Fiscal de Materia, Oscar Mendoza Díaz, se constata que dicha Resolución, no cumple con lo establecido por los arts. 73 del CPP y 45.7 de la LOMP, que dispone, que los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica; en consecuencia, se evidencia la falta de motivación y fundamentación realizada por esta autoridad, quien hizo una breve relación de hechos; no individualizó los elementos de prueba que se encuentran en el cuaderno de investigaciones que le llevaron a la determinación de sobreseer a los imputados, además, no se refirió al valor que otorga a cada uno de dichos elementos recolectados y propuestos, más aún, debió pronunciarse de forma motivada y explicarse porqué los elementos y resultados de las investigaciones que le sirvieron para emitir la Resolución de imputación formal, ahora no son suficientes para presentar la acusación; además, se trata de varios imputados y con mayor razón se debió realizar una relación individualizada de cada uno de ellos, en todo caso, su decisión tenía que estar respaldada por un razonamiento y evaluación fundamentada de los elementos de prueba con los que cuenta para llegar al convencimiento pleno de que no son suficientes para ingresar a un juicio oral, público y contradictorio, y de esta forma, otorgar la certeza y certidumbre a las partes, con resoluciones que son adoptadas en el marco de aplicación objetiva de la ley y la consiguiente motivación de la resolución. En consecuencia, se debe conceder la tutela de la presente acción.