SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, alegan que las autoridades correcurridas vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica” y a la propiedad, por cuanto dentro del proceso sumario seguido en su contra, en el que se dictó Sentencia declarando probada la demanda, Auto de Vista confirmando la Sentencia y Auto Supremo declarando infundado el recurso de casación, dieron lugar a la ejecución de la referida Sentencia dictada sobre la inconstitucionalidad de la Resolución Municipal de adjudicación de un lote de terreno en su favor, sin que hubiera determinado, como era su obligación, la notificación o que la demanda hubiere sido dirigida contra la Alcaldía; actitud que evidencia la usurpación de funciones del Tribunal Constitucional y la comisión de prevaricato, anulándose por lo tanto, la escritura pública por inconstitucionalidad de la Resolución Municipal, por mejor derecho de propiedad de la demandante en base a un título de 2002, sobre el suyo, que fue registrado en 1981. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Inmediatez de la acción de amparo constitucional
- 1)
- APROBAR