Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.1.
II.1. El 27 de mayo de 2004, Margarita Mostacedo Vásquez, interpone demanda ejecutiva de reconocimiento de deuda contra la recurrente (fs. 24 vta.). El 29 de junio del citado año, el Juez instructor recurrido libra mandamiento de embargo de los bienes de la ejecutada (fs. 26), Sentencia pronunciada en el proceso ejecutivo que declara probada la demanda (fs. 27 vta. a 28).
- recurso
- ahora accionante
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto a la seguridad jurídica
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- SC 0070/2010-R
- En cuanto al derecho al debido proceso
- Donde no exista martillero, desempeñará estas funciones un notario de fe pública."
- APROBAR