SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, consideran lesionado su derecho a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, por cuanto, las autoridades recurridas, hoy demandadas han incumplido lo dispuesto por Auto Supremo, respecto a la investigación del origen de fortunas de la ahora tercera interesada, pretendiendo, de manera contraria a la ley, obligarlo a proceder a la devolución del 50% de bienes gananciales incautados a Luis Bernardo Salomón Soria a favor de María Cristina Cornejo Echazú. En consecuencia, en revisión, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal y lesivo del derecho y garantía constitucionales referidos, a fin de otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- b)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. De la subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR