SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III.4. Análisis del caso
Al respecto, de la revisión de obrados, se desprende el memorial cursante de fs. 31 a 32 vta., por el cual los propios recurrentes apelaron el decreto de 10 de agosto de 2006, -ahora cuestionado mediante la acción de amparo constitucional-cursante a fs. 30, pronunciado por las Juezas Técnicas del Tribunal Sexto de Sentencia y de Sustancias Controladas, y que fue admitido en efecto devolutivo por Auto de 22 de septiembre de 2006 (fs. 40); ello, evita que este Tribunal pueda manifestarse al respecto, pues el presente caso, se encuentra inmerso en la subregla 2.b de la SC 1337/2003-R; es decir, porque se evidencia que, el accionante utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del recurso de amparo constitucional, pendiente de resolución.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- b)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. De la subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR