SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0738/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
De conformidad a lo establecido en el art. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), al ser la Constitución la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y gozar de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, a objeto de cumplir el mandato y las funciones establecidas por los arts. 1 y 7 de la LTC, 4 de la Ley 003, Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, mediante la SC 0011/2010-R de 6 de abril, este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional en observancia y coherencia con los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por el país y que forman parte del bloque de constitucionalidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- procedente
- El Directorio del Club Alemán
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante”
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- que al estar el procedimiento administrativo de determinación en trámite, se supone que es dentro de dicho proceso que corresponde que el recurrente haga uso de su reclamación sobre las posibles lesiones a sus derechos fundamentales, y una vez que el mismo concluya, recurrir por medio de las vías de impugnación de dicho acto…”
- III.3. Análisis del caso concreto
- se está en espera de una respuesta por parte del Club Alemán a esta oposición
- sea declarada inconstitucional”
- denegado
- APROBAR