Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
2)
2) El vocal Vidal Rollano Vallejo, emitió su voto pero discrepando con el voto emitido por el vocal Rafael García Cortés, ante lo cual se convocó al vocal Silvestre Iñiguez Meneses para que pueda dirimir, siendo que este Vocal ya intervino previamente en la Resolución de apelación, tal como informa el Auto de Vista de 25 de octubre de 2007, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, donde se dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas dispuestas a su favor, ordenando su detención preventiva, circunstancia que es causal de recusación de acuerdo al art. 316 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 8
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- III.3.
- III.4. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.6. Análisis del caso denunciado
- APROBAR