Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.8.
II.8. Según el acta de audiencia pública de consideración y resolución de medida cautelar, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante Auto de 28 de marzo de 2008, con la presencia de los Vocales, Vidal Rollano Vallejo y el convocado Silvestre Iñiguez Meneses, Vocal de la Sala Penal Segunda, se confirmó el Auto apelado y ,por consiguiente, se dispuso que se mantenga la detención preventiva del imputado, haciendo notar que la misma es temporal y que puede ser modificada en cualquier momento (fs. 3 a 7).
- recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 8
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- III.3.
- III.4. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.6. Análisis del caso denunciado
- APROBAR